AGIP - ARBA RENTAS

AGIP

  • Inmobiliario/ABL
  • Declaración jurada de Empadronamiento Inmobiliario

A través de este trámite online Ud. podrá realizar la declaración jurada de modificaciones constructivas o de destino del inmueble a su cargo. (Este trámite sustituye al anterior denominado "Declare sus metros").

De acuerdo a lo establecido en el Código Fiscal vigente cualquier modificación que se produzca en una construcción requiere de una declaración jurada de empadronamiento inmobiliario, ya que es obligación del contribuyente declarar cualquier acción que produzca una diferencia valuatoria respecto de la existente.

Para realizar el trámite deberá ingresar con Clave Ciudad Nivel 2 y completar los campos solicitados, entre los que figura una casilla de correo electrónico donde se le enviará información relativa a la finalización del trámite. Para acceder, previamente deberá asignar el servicio denominado "Empadronamiento Inmobiliario". Al pié encontrará un tutorial con un ejemplo que lo guiará paso a paso para poder realizar la asignación de servicios de Clave Ciudad.

El trámite podrá ser realizado por el propietario, el tenedor a título de dueño o usufructuario de un inmueble junto a un profesional arquitecto, ingeniero o maestro mayor de obra.

En caso de ser aprobada la declaración jurada, el trámite se termina en forma presencial en la sede de AGIP, disponiendo de tres días para acompañar un juego de los planos en papel, oportunidad en la que también retirará la constancia correspondiente.

La declaración jurada que se realiza vía web se integrará con la siguiente documentación relativa al inmueble:
- Copia del título de dominio
- Usufructo o documento que acredite la tenencia
- Constancia de CUIT o CUIL del propietario
- Copia de los planos de obra
- Formulario de la declaración jurada emitida por el aplicativo

La constancia podrá ser retirada por el propietario, el tenedor a título de dueño o usufructuario de un inmueble, el profesional actuante, o un apoderado que acredite tal condición.

En caso de ser observada la declaración jurada deberá ingresar los datos nuevamente.

Vallas provisorias, estructuras tubulares de sostén para andamios y locales de ventas:
Empadronamiento o Alta de Permiso - DEMOLICIONES - OBRA NUEVA MOD. AMPLIACION.


Por la ocupación y/o uso de la vía pública se abona por m2 o fracción de superficie y por día:
Vallas provisorias y estructuras tubulares de sostén para andamios en lugares donde se efectúen demoliciones o se ejecuten obras edilicias, con exclusión de los servicios y/u obras de mantenimiento y conservación de fachadas edilicias:

Este trámite permite obtener un permiso de uso y ocupación de la vía pública con vallas provisorias, estructuras tubulares de sostén para andamios y locales de ventas.

¿Qué información se requiere para realizar este Trámite Presencial?
- Derechos de delineación y construcción o pago de derechos de obra: Original y Fotocopia.
- Presentación de aviso de obra o expediente de obra o carátula del plano: Original y Fotocopia.

- Titular o responsable de obra:

- Persona Física:
- Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.
- Constancia de C.U.I.T. o C.U.I.L.

- Persona Jurídica:
- Contrato Social o Estatuto de la Sociedad y Actas de Asamblea y/o Directorio de designación de autoridades vigentes: Original y Fotocopia.
- Documento de Identidad del presentante: Original y Fotocopia.
- Constancia de C.U.I.T. o C.U.I.L.

- Autorizado:
- Autorización del titular con certificación de su firma ante Escribano Público o Entidad bancaria: Original y Fotocopia.
- Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.
- Contrato Social o Estatuto de la Sociedad: Original y Fotocopia.
- Constancia de C.U.I.T. o C.U.I.L.

- Apoderado:
- Poder suscripto ante Escribano Público: Original y Fotocopia.
- Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.
- Contrato Social o Estatuto de la Sociedad: Original y Fotocopia.
- Constancia de C.U.I.T. o C.U.I.L.

Prolongación del tiempo de uso de valla o estructura tubular:

En caso que sea la misma persona que inició el trámite:
- Permiso anterior y nueva DDJJ: Original y Fotocopia.
- Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.

En caso que sea otra persona que inició el trámite:
- Permiso anterior y nueva DDJJ: Original y Fotocopia.
- Documento de Identidad (D.N.I, L.E, L.C. o C.I.): Original y Fotocopia.
- Poder suscripto ante Escribano Público: Original y Fotocopia.
- Autorización del titular con certificación de su firma ante Escribano Público o Entidad bancaria: Original y Fotocopia.
- Contrato social o Estatuto en caso de Persona Jurídica: Original y Fotocopia.

ARBA

PH Visacion Previa

(NUEVO, CAMBIO DE PROYECTO O RACTIFICACION)

Permite la intervención previa de Arba, al plano presentado, tendiente a garantizar que el Inmueble se identifica con las características catastrales en los aspectos geométricos y jurídicos de acuerdo con la Ley de PH.

Requisitos

Haber sido aprobado y registrado el plano de obra por el municipio correspondiente.
En caso de solicitarlo presencialmente generar el Comprobante Informativo.
El profesional debe estar empadronado, activo y no inhabilitado (sin sanciones) por el colegio correspondiente.


Documentación

Documento único o Pasaporte (sólo Extranjeros).
Nota de solicitud de pedido de Visación Previa.
Dos copias simples de plano.
Plano de obra aprobado/registrado por el municipio correspondiente.


Normativas

Nuevo Código Civil y Comercial (Ley Propiedad Horizontal 13.512 - Derogada)
Nuevo Código Civil y Comercial artículos. 2037 a 2069 (Ley Propiedad Horizontal 13.512 - Derogada).

Resolución Normativa N° 069/15
Decreto N° 2489/63 y su modificatorio. Disposición N° 2389/93 y complementarias, de la ex Dirección Provincial de Catastro Territorial. Propiedad Horizontal. Vigencia.

Ley Provincial de Catastro Territorial 10.707
Catastro Territorial, con comentarios a las modificaciones introducidas por las Leyes 14.200 y 14.333

PH Legajo Parcelario

REGISTRACION DE PLANOS

Permite registrar un plano por parcela/s afectada/s al Régimen de Propiedad Horizontal, dándole validez al plano.

Requisitos

Haber realizado el trámite de Antecedentes Catastrales.
Haber realizado el Informe Catastral (Circular 10).
Haber realizado (finalizado) con el trámite aprobación de planos.
En caso de nomenclatura de aumento: haber realizado (finalizado) con anterioridad Solicitud Valor Tierra.
Generar el Comprobante Informativo.
El profesional debe estar empadronado, activo y no inhabilitado (sin sanciones) por el colegio correspondiente.


Documentación

Documento único o Pasaporte (sólo Extranjeros).Comprobante Informativo.
Dos (2) copias del Plano enteladas aprobado.
Una (1) copia simple del plano aprobado.
Original del Informe Catastral (Circular 10).
Informe de Dominio (plazo vigencia 6 meses de la fecha de aprobación de plano).
Formularios de avalúo línea 900, según tipo de trámite: A901, A910, 903, 904, 905, 906, 915, más Formulario 912 si es rural y 911 de oficio (original y copia). Podés descargarlos haciendo click aquí.
Cédula Catastral Parcela Madre y de cada Unidad Funcional/Unidad Complementaria (original y dos -2- copias simples).
Formulario de Comunicación a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad.
Solicitud de Antecedentes Catastrales.
En caso de nomenclatura de aumento: Solicitud Valor Tierra.


Normativas

Ley Provincial de Catastro Territorial 10.707
Catastro Territorial, con comentarios a las modificaciones introducidas por las Leyes 14.200 y 14.333

Código Civil y Comercial
Nuevo Código Civil y Comercial artículos. 2037 a 2069 (Ley Propiedad Horizontal 13.512 - Derogada).

Resolución Normativa N° 069/15
Decreto N° 2489/63 y su modificatorio. Disposición N° 2389/93 y complementarias, de la ex Dirección Provincial de Catastro Territorial. Propiedad Horizontal. Vigencia.

PH

APROBACION DE PLANOS

Permite, que a un plano presentado según el marco normativo correspondiente, se le realicen los controles que aseguren la concordancia entre el estado parcelario de un bien y sus datos catastrales.

Requisitos

Haber solicitado los Antecedentes Catastrales.
Haber realizado el trámite PH- Circular 10.
Generar el Comprobante Informativo.
El profesional debe estar empadronado, activo y no inhabilitado (sin sanciones) por el colegio correspondiente.


Documentación

Documento único o Pasaporte (sólo Extranjeros).
Comprobante Informativo.
Nota de solicitud de Aprobación de Plano.
Carátula con número de plano (dos caratulas).
Plano de PH (tres copias enteladas, copias simples seis -6- como mínimo y diez -10- como máximo).
Plano de PH en tela poliéster.
Original del Circular 10.
Informe de dominio (expedido por la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad referido al inmueble a subdividir).
Plano de obra original (una copia simple con la constancia de intervención municipal).
Copia del plano visada (por el Colegio de ingenieros o Caja de Agrimensores) o constancia de visado digital correspondiente al profesional interviniente (Constancia de control arancelario).


Normativas

Ley Provincial de Catastro Territorial 10.707
Catastro Territorial, con comentarios a las modificaciones introducidas por las Leyes 14.200 y 14.333

Nuevo Código Civil y Comercial
Nuevo Código Civil y Comercial artículos. 2037 a 2069 (Ley Propiedad Horizontal 13.512 - Derogada).

Resolución Normativa N° 069/15
Decreto N° 2489/63 y su modificatorio. Disposición N° 2389/93 y complementarias, de la ex Dirección Provincial de Catastro Territorial. Propiedad Horizontal. Vigencia.